La XVII Legislatura del Estado aprobó reformas al Código Penal del Estado en materia de usurpación de identidad a fin de garantizar una protección efectiva de los ciudadanos en el ámbito digital.

Esta reforma al artículo 195 sexties, aprobada en la sesión ordinaria número 30, señala que se le impondrá una pena de seis meses a seis años y multa de hasta 400 días a quien cometa el delito de usurpación de identidad por cualquier medio, incluyendo las tecnologías de la información y comunicación, y además suplante, utilice, transfiera, se apropie o se apodere de los datos personales de otra persona sin autorización del titular o la haya obtenido mediante error o engaño.

También se actualizó el Código Penal del Estado para incluir a las tecnologías de la información y las comunicaciones como un ámbito más en donde sucede el delito de acoso sexual a efecto de actualizar el tipo penal en cuestión.

En la misma sesión se aprobaron derogaciones y adiciones a diversas leyes de hacienda municipales para suprimir la facultad legal de emitir las licencias y permisos para conducir, toda vez que la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que dicha facultad legal les pertenece a las entidades federativas y no a las municipalidades.

Además, se establece que la expedición, renovación y reposición de licencias y permisos para conducir vehículos de motor causarán derechos en términos de la Ley de Derechos del Estado y demás leyes fiscales, determinando también que los Ayuntamientos podrán seguir realizando estas acciones, únicamente previa firma de convenio de coordinación con el Estado a través del Instituto de Movilidad.

Por otra parte, se aprobaron reformas a diversas disposiciones de la Ley de los Municipios del Estado para establecer que son las personas titulares de la presidencia municipal quienes tienen la obligación de proponer al Ayuntamiento, los nombramientos y remociones de las personas que sean titulares de la Secretaría General; de la Tesorería y Contraloría municipales, así como de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito municipal.

También se aprobaron reformas y adiciones a la Ley de Protección y Fomento Apícola del Estado de Quintana Roo, para incluir a un representante del Poder Legislativo, en este caso quien ocupe la presidencia de la Comisión de Desarrollo Rural y Pesquero de la Legislatura, dentro del Comité del Sistema Producto Apícola del Estado, a fin de proponer mejoras en la actividad apícola desde la perspectiva del legislador estatal.

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