La Cámara de Diputados aprobó una reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) que permitirá al Servicio de Administración Tributaria (SAT) acceder en tiempo real y en línea a la información de las plataformas digitales que operan en México, como Netflix, Prime Video, Disney+, Spotify, Tinder y Duolingo, entre otras.
La medida forma parte del nuevo paquete fiscal que busca adaptar el sistema tributario mexicano a la economía digital y garantizar una recaudación más equitativa frente al crecimiento de los servicios en línea.


Contexto: la expansión de la economía digital

Durante la última década, México ha registrado un crecimiento sostenido en el consumo de servicios digitales. El avance del streaming, las plataformas educativas en línea y las aplicaciones de intermediación o entretenimiento ha transformado el modelo de consumo, generando una nueva dinámica económica que exige modernizar la fiscalización.

De acuerdo con la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se consideran servicios digitales aquellos que se prestan mediante aplicaciones o contenidos digitales por internet o cualquier otra red. Entre ellos se incluyen:

  • La descarga o acceso a contenido en streaming.
  • La intermediación entre terceros (como ventas o servicios).
  • Los clubes o membresías en línea.
  • Las páginas de citas y las plataformas de enseñanza a distancia.

Con base en estos criterios, Netflix, Prime Video, Spotify, Disney+, Tinder o Duolingo se encuentran dentro del marco de la ley, al igual que otras plataformas que operan bajo el modelo de suscripción o pago por acceso digital.


Objetivo de la reforma: eficiencia y equidad fiscal

El dictamen aprobado por los diputados establece que el SAT podrá tener acceso directo, en tiempo real y en línea a los sistemas de información de las plataformas digitales, con el fin de gestionar con mayor eficiencia la información de los contribuyentes que realizan operaciones a través de estos nuevos modelos de negocio.

El propósito central, según el texto de la reforma, es mejorar la eficiencia recaudatoria y promover la equidad fiscal, dado que las plataformas digitales generan un flujo económico considerable dentro del territorio nacional.

“La reforma busca dotar a la autoridad fiscal de herramientas tecnológicas adecuadas para verificar el cumplimiento de las obligaciones de quienes participan en la economía digital, sin que ello implique una intromisión indebida en la privacidad o el domicilio de las empresas”, señala el dictamen.

De esta forma, el acceso en tiempo real permitirá al SAT verificar movimientos contables, registros de pagos y reportes de ingresos de manera automatizada, asegurando que las compañías cumplan con el pago del IVA y del Impuesto sobre la Renta (ISR), cuando corresponda.


Protección de datos y límites legales

Uno de los puntos que generó debate durante la discusión parlamentaria fue el alcance del acceso en línea y la posible intrusión en la información de los usuarios.
El documento aprobado aclara que el acceso no se considera una intrusión al domicilio fiscal o digital de los prestadores del servicio, sino una facultad técnica de supervisión tributaria que se realizará bajo protocolos de confidencialidad y protección de datos.

En otras palabras, el SAT no tendrá acceso al contenido que consumen los usuarios ni a sus datos personales, sino únicamente a la información financiera y operativa necesaria para verificar el cumplimiento fiscal de las empresas prestadoras del servicio.

El propio texto de la reforma enfatiza que se busca un equilibrio entre innovación tecnológica y justicia tributaria, respetando los marcos nacionales de protección de datos personales y las normas internacionales de confidencialidad fiscal.


Consecuencias del incumplimiento

En caso de que los prestadores de servicios digitales no cumplan con las nuevas disposiciones fiscales, el SAT podrá ordenar el bloqueo temporal de las plataformas o aplicaciones en territorio nacional, hasta que regularicen su situación.

Este tipo de sanción ya se contempla en la legislación actual, pero con la reforma, el bloqueo podría aplicarse de forma más ágil, gracias a la conexión en tiempo real entre las autoridades fiscales mexicanas y los sistemas digitales de las empresas.

Las plataformas que no reporten adecuadamente sus operaciones o que omitan el pago de impuestos estarán sujetas a multas, sanciones económicas o suspensión del servicio hasta cumplir con la ley.


Entrada en vigor y periodo de adaptación

La reforma al Código Fiscal de la Federación entrará en vigor el 1 de abril de 2026, otorgando un periodo de transición de seis meses a las empresas tecnológicas y de servicios digitales para implementar los sistemas técnicos necesarios que permitan al SAT acceder a su información.

Durante ese lapso, se espera que la autoridad fiscal emita reglas específicas sobre la interoperabilidad, seguridad de la información y mecanismos de transmisión de datos, con el fin de garantizar una implementación ordenada y segura.


Reacciones políticas y empresariales

La aprobación de esta reforma ha generado opiniones encontradas entre legisladores y representantes del sector tecnológico.
Por un lado, diputados de la mayoría calificaron la medida como un paso hacia la modernización del sistema tributario y una herramienta para combatir la evasión en la economía digital.

“Las grandes plataformas globales deben contribuir en igualdad de condiciones que las empresas mexicanas. No se trata de invadir privacidad, sino de garantizar justicia fiscal y competencia leal”, expresó un legislador de Morena durante el debate.

En contraste, algunos representantes de cámaras empresariales y analistas del sector tecnológico han advertido que la medida podría elevar los costos de cumplimiento para las empresas digitales y desincentivar la inversión extranjera, si no se establecen reglas claras sobre la protección de información confidencial.

No obstante, expertos en derecho fiscal coinciden en que la tendencia internacional apunta hacia la fiscalización de servicios digitales, como parte del esfuerzo global para cerrar las brechas entre la economía tradicional y la digital.


Un fenómeno global

México no es el único país que ha emprendido acciones en esta dirección.
La Unión Europea y economías como Canadá, Australia y Chile ya cuentan con mecanismos de control y reporte digital en tiempo real para plataformas de streaming, marketplaces y aplicaciones de servicios.

En América Latina, Argentina, Brasil y Colombia también han avanzado en regulaciones similares, buscando gravar los servicios transfronterizos digitales que antes escapaban de los marcos fiscales nacionales.

En este contexto, la medida mexicana se interpreta como una adecuación a estándares internacionales de transparencia y control tributario, que refuerza la posición del país dentro del marco de cooperación fiscal global impulsado por la OCDE.


Perspectiva futura

Con la entrada en vigor del nuevo esquema fiscal, México busca consolidar un modelo de recaudación digital moderno, transparente y equitativo, capaz de responder a las transformaciones tecnológicas y a la creciente digitalización de la economía.

El reto principal estará en armonizar la supervisión fiscal con la protección de datos personales, garantizando que la autoridad cumpla su función sin vulnerar la privacidad de los usuarios ni el libre funcionamiento de las plataformas.

De cumplirse este equilibrio, la reforma podría convertirse en un referente regional de cómo los gobiernos pueden fortalecer su soberanía fiscal sin frenar la innovación tecnológica ni la competencia económica.

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